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Dice la Ley Aduanera, que Pedimento es “la declaración en documento electrónico, generada y transmitida respecto del cumplimiento de los ordenamientos que gravan y regulan la entrada o salida de mercancías del territorio nacional, en la que se contiene la información relativa a las mercancías, el tráfico y régimen aduanero al que se destinan, y los demás datos exigidos para cumplir con las formalidades de su entrada o salida del territorio nacional…”. El Pedimento Aduanal de la A a la Z

Por lo cual se puede decir que el pedimento tiene varias funciones, como un:
Los que introduzcan o extraigan mercancías del territorio nacional destinándolas a un régimen, a través del sistema electrónico aduanero. El Pedimento Aduanal de la A a la Z

“El pedimento se presentara ante la autoridad aduanera en dispositivo tecnológico o en medio electrónico, junto con las mercancías, a fin de activar el mecanismo de selección automatizado que permita determinar si la mercancía puede estar sujeta a revisión o no por parte de la autoridad aduanera.
Un pedimento aduanal necesariamente deberá incluir información relacionada a:

De acuerdo al Servicio de Administración Tributaria (SAT), el proceso consta de:
+Captura del pedimento.
+Transmisión electrónica del Pedimento. El Pedimento se transmite electrónicamente al Sistema Electrónico Aduanero para su validación, de lo que surgen dos escenarios:
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La Primera Escuela de Tráfico y Tramitación Aduanal (ETTA) reconociendo la importancia del tema ha desarrollado el “Diplomado de Análisis Legal y Operativo del Pedimento Aduanal y su Correcta Elaboración”, un curso que todo aduanero debe conocer para que a través de connotados expertos en la materia y de una forma práctica te conviertas en experto en el manejo del documento aduanal más importante, permitiéndote generar competencias en las 3 etapas fundamentales:
–Antes: consistente en el estudio de los aspectos generales de la clasificación arancelaria, valoración, cálculo de contribuciones y documentación electrónica.
–Durante: El Análisis del instructivo y Llenado del pedimento electrónico.
–Después: La Revisión y Glosa, así como las eventuales Infracciones y Sanciones por el llenado incorrecto del Pedimento.
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